Natalia Volosin: “Si no hubiera sido un año electoral posiblemente no habría salido el fallo”.

La abogada y doctora en Derecho, Natalia Volosin, analizó el fallo que condena a la ex Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

ENTREVISTAS 15 de junio de 2025 Juan Marino Salguero Simoy
NATALIA-VOLOSIN-lupa-1

El pasado martes la Corte Suprema de Justicia, tras semanas de especulación y presión mediática, condenó a la dos veces ex mandataria por “administración fraudulenta en perjuicio del Estado” en la “Causa Vialidad”. Según el fallo de la justicia, se condena una maniobra de corrupción en la adjudicación irregular de obra pública vial en Santa Cruz.

De este modo, la actual Presidenta del Partido Justicialista a nivel nacional es inhabilitada para ejercer cargos públicos. La condena llegó días después de que Cristina Fernández de Kirchner oficialice su candidatura a legisladora bonaerense por la Tercera Sección Electoral, motivo por el cual desde su entorno denuncian que hubo una presión política y mediática de ciertos sectores para que se haga efectivo el fallo. 

La defensa de la ex Presidenta venía sosteniendo, y aún lo sigue haciendo, diversos cuestionamientos sobre los procedimientos que estaba tomando la justicia con la causa y sus participantes. Cuestionaban desde la parcialidad de los jueces y fiscales, hasta la incorporación de pruebas. A pesar de ello, la corte integrada por Horacio Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, ratificó la pena dictada por el Tribunal Oral Federal N 2 y la Cámara de Casación Penal.

El fallo marca un quiebre en el sistema democrático argentino. Más allá del debate de inhabilitación o proscripción, la justicia pone en vulnerabilidad los derechos electorales de los ciudadanos. "Cepo al voto" lo llamó Cristina Fernández de Kirchner, por su parte el Gobierno de turno y sectores antiperonistas titularon el fallo como "justicia".

Desde POLITICAR dialogamos con Natalia Volosin, abogada que siguió de cerca la Causa Vialidad desde su inicio, sobre su visión del fallo y las remotas posibilidades que tiene Cristina Fernández de Kirchner en presentarse a las elecciones legislativas de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es tu visión del fallo y cómo se sigue hasta el miércoles que Cristina Fernández de Kirchner se presente en Comodoro Py?

Del fallo a mí lo que más me preocupa es el por qué la Corte no decide contestarle a la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en cada uno de los planteos que ella hizo, en torno a por qué consideró que la condena y su confirmación habían sido arbitrarias. Las violaciones de principios constitucionales que ella considera que ocurrieron durante el proceso, principio de inocencia, indudablemente, la prohibición de doble juzgamiento o la imparcialidad de los jueces. La corte podría haber contestado a cada una de esas cuestiones y en todo caso rechazarlas, porque es muy posible que muchas fueran fáciles de rechazar, yo creo, de hecho, que esto es así.

En lugar de hacer eso la corte se ampara en una suerte de formalismo en el que lo único que le contesta es "Usted no cumplió los requisitos del recurso extraordinario, porque sus argumentos no son autosuficientes para que yo se los pueda contestar." Cuando vos en realidad en una queja por un recurso extraordinario denegado tenés 40 páginas para contestar una condena que tiene 1500.

Entonces, esto a mí me parece muy problemático. Es un caso de muchísima trascendencia institucional que ameritaba, para mí, otra cosa. Después, por supuesto, la Corte no puede discutir cada una de las cuestiones que ella planteó y si tiene o no razón y si son atendibles o no. Yo creo que algunas son fáciles de rechazar, por ejemplo la cuestión de los peritajes.

La defensa dice "debieron haberse peritado las 51 obras." yo creo que esto no es así. También la cuestión de la prohibición de doble juzgamiento la defensa dice "Cristina ya había sido juzgada en Santa Cruz”  eso tampoco es así.

Ahora, el planteo que la defensa de Cristina Fernández de Kirchner hace en torno a la falta de imparcialidad de quienes la juzgaron es claramente autosuficiente, es decir, la respuesta que le da a la corte “que es estas son meras conjeturas” a mí me parece casi una tomadura de pelo, no solo hacía Cristina Fernández Kirchner, sino al resto de la ciudadanía también.

En esta falta de imparcialidad que mencionas ¿Se le suma el viaje de los jueces a Lago Escondido, pagado supuestamente por Clarín?

El viaje al sur, a Lago Escondido, está probado, lo vimos todo, está filmado de hecho. Que después no se haya investigado porque la justicia argentina es un papelón, es otro problema, digamos, pero lo vimos todos, es un hecho público. Y las visitas de los jueces y de los fiscales a jugar al fútbol o al pádel con Mauricio Macri también son públicas y no han sido negadas.

Por lo cual, si eso para la Corte es apenas un planteo genérico, no concreto ¿qué es lo que hace falta demostrar? Tendrían que tener una conversación grabada de Mauricio Macri y del juez Borinsky o del fiscal Luciani, en el que le ordenen lo que tiene que hacer y el otro diga, "Sí, señor, ¿cómo no? Voy a hacer lo que usted me pide." para poder considerar que hay un problema con la imparcialidad. Entonces, en eso me parece a mí muy problemático el fallo.

Es imposible desligar el fallo con la candidatura a las próximas elecciones. Si no hubiera sido un año electoral ¿Habría salido el fallo? 

Posiblemente no, no lo sé, pero posiblemente no.

A ver, el caso, si vos lo mirás de principio a fin, si mirás la película completa, el caso tiene 17 años. Incluso está dentro del promedio histórico de los casos de corrupción en Argentina. 

El caso se inició con la primera denuncia que hizo Elisa Carrió en 2008. Después pasaron 3 millones de cosas, que ninguna hubiera ocurrido si no se hubiera hecho una primera denuncia, que fue la denuncia original de Elisa Carrió por asociación ilícita, no contra Cristina, sino contra Néstor, De Vido, etcétera.

Es el puntapié inicial de este caso que termina 17 años después. Entonces no se puede decir “qué rápido que fue esto”. Ahora, cuando vos miras solo el procedimiento ante la corte, el pedacito del procedimiento ante la corte y sí, resolvieron en apenas un par de meses lo que a la corte habitualmente le lleva por lo menos 2 años.

¿Fue un caso de proscripción?

No, no es lo que yo diría. Una cosa es la proscripción, otra cosa es una pena inhabilitación La pena de la inhabilitación es como la pena de prisión.

Está establecida en una ley, esa ley fue aprobada por el Congreso, hay además una discusión constitucional. Porque el artículo 36 de la Constitución establece para algunos delitos la pena y la inhabilitación perpetua y hay algunas personas, yo no soy una, pero hay algunas personas que interpretan que eso también se aplica a los delitos dolosos de enriquecimiento grave contra el Estado, que están establecidos ahí en esa misma norma de la Constitución.

Por lo cual, hay una cuestión normativa que tiene que ver con la prohibición de ejercer cargos públicos de manera perpetua. Si ya vos me preguntás a mí desde un punto de vista no de lo que dice la ley, sino de lo que yo creo que debiera decir, a mí no me gusta un sistema jurídico en el cual las personas tienen prohibiciones permanentes perpetuas para ejercer cargos públicos. Me parece que es una vulneración de la democracia, en términos generales.

Y que en todo caso vos podrías tener una prohibición de ejercer cargos públicos que dure un tiempo determinado, el mismo que la pena de prisión, supongamos que te condenaron a 10 años de prisión, bueno, 10 años no puede ser candidato a nada. Ahora, la perpetuidad me parece que pone demasiado en juego las posibilidades que tenemos los ciudadanos y las ciudadanas de elegir libremente. Ahora, eso no quiere decir que Cristina haya sido desde mi punto de vista proscripta. 

¿Hay posibilidad de que se pueda anular el fallo mediante un recurso internacional y pueda participar de las elecciones?

El único recurso que tiene disponible y que es el que dicen que estaría intentando, es la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ahí hay dos cosas que podrían suceder.

Una es la posibilidad de que se haga una presentación en la Comisión y que la Comisión le otorgue una medida precautoria, una medida cautelar que le diga, "Usted puede ser candidata." Si eso ocurriera, es muy difícil pensar que eso pueda ejecutarse en la Argentina. Supongamos que eso pasa, la semana que viene hay una medida cautelar de la Comisión Interamericana, la Corte Suprema no la va a cumplir. Me cuesta mucho pensar que la Corte la cumpla.

Porque la Corte tiene una jurisprudencia establecida, bastante novedosa, de 2017 y son los mismos tres jueces que ahora quedaron en la Corte, los que firmaron esa jurisprudencia, que es el fallo Fontevecchia, en el que la Corte prácticamente desconocía el valor de los fallos de la Corte Interamericana. Entonces, imagínate que si no les importan los fallos de la Corte Interamericana menos les va a importar una cautelar de la Comisión Interamericana.

Y después Cristina podría intentar llevar un caso a la Corte Interamericana, igual primero tendría que pasar por la comisión, porque los casos a la Corte los llevan los Estados o la propia comisión.

Suponete que la Comisión recibe una denuncia y dice, "Bueno, voy a iniciar un caso, hago una investigación” le pregunta cosas al Estado, intenta una solución amistosa, eso no ocurre. Eso llega a la Corte, y pueden pasar cuatro, cinco, seis o más años para que la Corte Interamericana tome una decisión de fondo, más allá de una posible cautelar.

Ahora lo que está pasando en estas últimas horas es otra cosa en la justicia Argentina. Aparentemente lo que van a intentar es que la Justicia Electoral de la Provincia de Buenos Aires la habilite a presentarse. Lo cual sería un verdadero escándalo y un conflicto de poder bastante importante. 

¿Es posible que le rechacen el pedido de prisión domiciliaria?

A ver, sí, podrían rechazarla. El Código Penal lo que dice es que los jueces podrán otorgar la prisión domiciliaria para las personas mayores de 70 años, no es una obligación legal, pero a mí me cuesta mucho pensar que hagan algo distinto, o sea, sería escandaloso si no le dieran la prisión domiciliaria. Pues no veo ninguna razón para que no se la den y recién hace un ratito salió que el informe del domicilio dio bien, como que tiene las condiciones adecuadas para que eso ocurra. Yo no veo razones para rechazar la domiciliaria.

Te puede interesar
01

Fausto Spotorno: “El Consejo no puede ser un apéndice de la política”

ENTREVISTAS 02 de junio de 2025

En medio de una elección clave en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, el economista Fausto Spotorno encabeza la Lista Azul, una propuesta que reúne a profesionales diversos, sin alineamientos partidarios, con un objetivo claro: devolverle el protagonismo al matriculado y terminar con la lógica de aparato que, según denuncia, domina hoy al Consejo. “Tiene que volver a ser de los profesionales”, expresó.