Michel, Bahl y Marclay presentaron una demanda civil para evitar el daño ambiental por la planta de hidrógeno verde en Paysandú

Los legisladores nacionales del peronismo, Guillermo Michel, Adán Bahl y Marianela Marclay, iniciaron una acción judicial de prevención de daños y perjuicios contra el Estado uruguayo y la empresa HIF Uruguay SA por la instalación de la planta de combustibles sintéticos, ante el incumplimiento del Estatuto del Río Uruguay y la jurisprudencia de la Corte Internacional de La Haya en el caso “Botnia-UPM”.
CONGRESO16 de marzo de 2026
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Los diputados nacionales Guillermo Michel y Marianela Marclay, y el senador Adán Bahl iniciaron una demanda ordinaria contra el Estado Uruguayo y la empresa HIF Uruguay SA (Expediente 3276/2026) entendiendo que “la planta producirá un daño irreparable en el ambiente, lo cual de buena fe los actores intentamos evitar”.

En ese sentido, solicitaron que “se adopten las medidas necesarias y razonables para que no se produzca o se intente, en todo caso, disminuir su magnitud; todo conforme las consideraciones de hecho y derecho, esto es, los artículos 1710, 1711 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación (C.C.C.N), y lo prescripto por el artículo 319 del C.P.C.C.N”.

A este respecto, Michel remarcó la falta de acción del gobierno provincial. “Con la planta de combustibles sintético Frigerio quiere hacer como con la provincia: flotar. No tiene convicciones ni contracción al trabajo. Ante esta inacción y falta de gestión decidimos accionar judicialmente con esta medida preventiva que permitirá impulsar estudios ambientales y medidas de prevención”. Y aseveró: “Está demandado el Estado uruguayo y la empresa; se van a tener que sentar en la mesa y darles explicaciones a la justicia argentina”.

En la presentación los legisladores señalaron que pese a que el proyecto data en la República vecina desde el año 2017, hasta el momento Uruguay no presentó en la Comisión Administradora de Río Uruguay (CARU) los estudios previos ambientales, tal como se encuentra obligado según el Estatuto del Río Uruguay y lo dispuesto por la Corte Internacional de La Haya en la sentencia: 'CASO DE LAS PLANTAS DE CELULOSA SOBRE EL RÍO URUGUAY (ARGENTINA c. URUGUAY)', de fecha 20/4/2010”.

“Uruguay avanza unilateralmente otorgando autorizaciones, permisos y aceptando documentación de la firma empresarial, pero por fuera de la CARU, en donde se encuentra obligado a presentar toda la documentación y estudios para que Argentina controle y evalúe el proyecto de la obra en resguardo del ambiente y sanidad del río Uruguay”, manifestaron. 

Los legisladores sostienen que “ante este escenario, Argentina -y en especial sus funcionarios- tenemos la carga de actuar en defensa de la legalidad vigente, y del ambiente del río Uruguay”. “Ante el incumplimiento de Uruguay de no presentar la documentación en la CARU, la parte argentina tiene la obligación de: 1) exigir su presentación; 2) exigir el no avance de las obras hasta tanto se presenten y evalúen; 3) Ir a la Corte Internacional de Justicia a denunciar el incumplimiento”, indicaron.

“La República Oriental del Uruguay no presentó los estudios de impacto ambiental por lo que los argentinos desconocemos el grado de contaminación que traerá aparejada la planta. La comunidad de Colón y las ciudades entrerrianas ribereñas que podrían ser afectadas, vienen manifestando su temor ante el avance de la mega obra”, expresaron.

Asimismo, Michel, Bahl y Marclay solicitaron información sobre la empresa HIF Uruguay SA y la realización de una pericia ambiental para la cual pidieron se designe a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA) y/o a un perito biólogo de oficio.

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