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Política

El Gobierno reglamenta Zona Fría: 50% fijo en la Patagonia y 20% con filtro para el resto

La Secretaría de Energía puso en letra la reforma del régimen y dejó la asistencia atada a un padrón que todavía no existe. Millones de usuarios que hoy reciben el beneficio de manera automática quedan a la espera de saber si entran.

Por Redacción POLITICAR ·

El Gobierno oficializó cómo se aplicarán los descuentos del 50% y del 20% en el precio del gas del nuevo Régimen de Zona Fría. Lo hizo con la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, publicada este martes 27 de octubre en el Boletín Oficial. El esquema separa a quienes conservan el beneficio por territorio de quienes ahora deberán acreditar requisitos.

Un dato clave para leer las facturas: los porcentajes se calculan sobre el componente energético, es decir, el precio del gas. No alcanzan al transporte, la distribución, los impuestos ni las tasas. El alivio real en el bolsillo será bastante menor que el número que se anuncia.

El 50%, para la Patagonia, Malargüe y la Puna

El descuento mayor queda para los usuarios residenciales de gas natural y de gas propano indiluido por redes de la región patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. También entran los usuarios del Servicio General P de localidades de esas áreas abastecidas con propano por redes. Las distribuidoras y subdistribuidoras tendrán que reflejarlo en las facturas.

El 20%, para quien califique

Para el resto del país se reglamenta una Bonificación Adicional por Zona Fría del 20%. Está destinada a hogares incluidos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), con suministro en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, y que no pertenezcan a las regiones que ya cobran el 50%. Se suma a los subsidios que ya perciban y se calcula solo sobre los consumos base reconocidos.

Además, la Ley 27.828 exige cumplir al menos una condición socioeconómica:

  • ingresos familiares netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2;
  • un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP;
  • un integrante con pensión vitalicia de veterano de la Guerra de Malvinas.

También se contemplan las familias con integrantes con Certificado Único de Discapacidad. En esos casos, Energía deberá evaluar si corresponde una asistencia económica. Cumplir una condición no garantiza el descuento: también se verifican la inscripción en el régimen y la ubicación del suministro. Clubes de barrio, entidades de bien público y otras organizaciones sin fines de lucro que reúnan las condiciones podrán recibir la bonificación sobre todo el volumen consumido.

Sin padrón, sin lista de localidades

La resolución no trae una lista definitiva de localidades ni un padrón de beneficiarios. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética tendrá que cruzar los datos del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con las zonas bioambientales y los requisitos legales. El listado irá al ente regulador (ENReGE), que le informará a las distribuidoras qué suministros deben recibir la quita. Las empresas, a su vez, presentarán declaraciones juradas con los consumos y los descuentos otorgados, bajo los controles que fije el ente.

La ley, publicada el 13 de octubre y reglamentada por el Decreto 1266/2026, modificó el alcance de la ampliación de Zona Fría aprobada en 2021. Según estimaciones difundidas durante el debate legislativo, unos 3,35 millones de usuarios dejarían de recibir el beneficio automático. No todos pierden toda asistencia, porque algunos podrán acceder al 20% si cumplen las nuevas exigencias. Las bonificaciones se aplicarán a los consumos desde el 13 de octubre.

La lectura política es directa: el Gobierno ordena el recorte del universo de beneficiarios con una reglamentación que traslada la discusión al padrón. Hasta que se publique, el costo de quedar afuera —o de no saber si se está adentro— lo pagan los usuarios de las zonas intermedias, con el invierno todavía por delante.

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